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¿Audiencia por videollamada? Así intenta responder Nicolás Petro a la justicia

La solicitud de Nicolás Petro para asistir virtualmente a su audiencia expone una intersección poco visible: la relación entre cumplimiento empresarial y acceso a la justicia. La defensa alega falta de liquidez y bloqueo transaccional por su presencia en una lista de sancionados conocida como “Lista Clinton”. El resultado: imposibilidad de comprar tiquetes y contratar servicios de traslado.

En el sector privado, las áreas de compliance aplican políticas conservadoras ante riesgos legales y reputacionales. Los proveedores con exposición a Estados Unidos —bancos, aerolíneas y pasarelas de pago— ejecutan filtros de KYC y listas restrictivas, lo que puede derivar en rechazos automáticos incluso en operaciones domésticas.

Estos filtros no son simples formalidades: automatizan revisiones, asignan ponderaciones de riesgo y, en caso de coincidencias, bloquean la operación hasta que un oficial de cumplimiento valide excepciones. Cuando el cliente es una persona señalada, la política suele inclinarse por no procesar, reduciendo el margen de maniobra.

En ese contexto, la defensa sostiene que el procesado se encuentra atrapado entre la falta de liquidez y la negativa de proveedores a vender servicios esenciales para el traslado. El pedido al juzgado es permitir la comparecencia remota mientras se resuelve el lío operativo.

Para el sistema judicial, el dilema se traduce en cómo exigir presencia sin ignorar las fricciones de mercado. La virtualidad, con protocolos robustos, aparece como un puente temporal entre la necesidad de avanzar en el juicio y la realidad de un ecosistema regulado por reglas globales.

Para la Fiscalía, sin embargo, el juicio no puede depender de variables comerciales. El ente acusador pide asegurar que, sea cual sea el formato, se mantengan la inmediación, la contradicción y la publicidad, y que no se generen incentivos para usar barreras de pago como excusa.

Los expertos en cumplimiento recomiendan que, cuando haya mandatos judiciales, las empresas establezcan canales de excepción documentada: custodias de pago, autorizaciones puntuales o convenios con autoridades para permitir operaciones acotadas y verificadas, mitigando el riesgo sin impedir el acceso a la justicia.

Si el despacho concede la virtualidad, podría invitar a las partes a construir un protocolo para futuras diligencias, incluyendo alternativas de conexión, verificación de identidad y constancia de ubicación. La estandarización reduciría incertidumbre y costos de coordinación.

El expediente principal seguirá su curso probatorio: análisis de extractos, justificación de ingresos y evaluación de incrementos patrimoniales. La discusión sobre pasarelas de pago no sustituye la valoración de responsabilidad penal.

Reacciones o consecuencias

Gremios empresariales y especialistas en riesgo ven en el caso una oportunidad para definir rutas de excepción que permitan cumplir sanciones sin bloquear órdenes judiciales. Organizaciones de justicia digital piden que cualquier virtualidad se documente con estándares verificables.

Para el ciudadano, el episodio revela cómo decisiones de cumplimiento corporativo —que suelen pasar desapercibidas— pueden incidir en la vida procesal de un caso de alto impacto. El debate abre espacio a reformas de coordinación entre justicia y sector privado.

Cierre

El pedido de virtualidad de Nicolás Petro ilumina un problema sistémico: cuando las barreras de pago chocan con el calendario judicial. La solución exigirá protocolos claros y buena fe de todos los actores.

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