El tribunal catalán anuló la condena de 4 años y medio; la Fiscalía recurre.
Barcelona, 2025. El proceso judicial contra el exfutbolista brasileño Dani Alves dio un giro en 2025. Tras la condena dictada en febrero de 2024 por la Audiencia de Barcelona, que le impuso 4 años y 6 meses de prisión por agresión sexual ocurrida en la discoteca Sutton el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) revocó por unanimidad esa sentencia en marzo de 2025 y declaró la absolución del jugador. La decisión levantó las medidas cautelares y reordenó el mapa legal del caso.
El itinerario incluyó una libertad provisional bajo fianza de un millón de euros concedida en marzo de 2024, mientras se resolvían los recursos. El tribunal valoró entonces que habían disminuido los riesgos procesales. En 2025, con la resolución absolutoria del TSJC, la Fiscalía presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por lo que el expediente permanece vivo a nivel nacional.
El hecho denunciado se remonta a la noche del 30/31 de diciembre de 2022, en el baño privado de la discoteca Sutton de Barcelona. La víctima, de 23 años, acudió posteriormente a los servicios médicos y presentó denuncia. El 20 de enero de 2023, Alves fue detenido y, tras declarar, ingresó en prisión provisional. A lo largo del proceso, el exjugador modificó su versión: negó el contacto, luego admitió una relación sexual que alegó consentida.
En febrero de 2024, la Sección 21 de la Audiencia de Barcelona consideró probada la agresión sexual y dictó la condena a 4 años y 6 meses. La pena incorporó la atenuante de reparación del daño por el pago de una indemnización. El tribunal prohibió la salida del país, retiró pasaportes y fijó comparecencias periódicas. Paralelamente, la defensa anunció recurso.
El 20 de marzo de 2024, el mismo tribunal acordó la libertad bajo fianza de un millón de euros. La Fiscalía y la acusación particular recurrieron esa decisión, pero la Audiencia la mantuvo semanas después. Alves salió de prisión el 25 de marzo de 2024 tras consignar el importe, quedando a la espera de lo que resolviera el TSJC.
El 28 de marzo de 2025, la Sala de Apelaciones del TSJC estimó por unanimidad el recurso de la defensa y anuló la condena. En su fallo, la sala apreció insuficiencia probatoria para desvirtuar la presunción de inocencia, lo que supuso la absolución del exfutbolista. La resolución también dejó sin efecto las medidas cautelares.
Tras el fallo, la Fiscalía anunció y formalizó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo al considerar “arbitraria” la valoración probatoria del TSJC. Ahora el Alto Tribunal deberá decidir si admite el recurso y, en su caso, pronunciarse de fondo, lo que podría confirmar la absolución, ordenar nueva valoración o, excepcionalmente, propiciar un nuevo juicio.
El caso ha tenido amplísima repercusión pública por el perfil del acusado, ex Barcelona, Sevilla, PSG y selección de Brasil y por el debate social que generan estos procesos. Organizaciones de mujeres y colectivos feministas han seguido de cerca cada hito, al igual que analistas jurídicos que discuten los estándares probatorios aplicables en delitos sexuales.
En el plano comparado, España ha vivido debates similares en causas mediáticas sobre agresiones sexuales, donde tribunales superiores revisan condenas de instancias previas. La discusión gira en torno a la prueba indiciaria, la credibilidad del testimonio de la víctima y el alcance de la presunción de inocencia.
La absolución en apelación dividió opiniones: juristas remarcan que el sistema de recursos “corrige” posibles errores de valoración, mientras colectivos sociales advierten del riesgo de “desincentivar” denuncias. La Fiscalía defiende su casación como vía para unificar doctrina y fijar estándares claros.
En lo personal y deportivo, Alves permanece en libertad y fuera de la élite futbolística. De cara al futuro, su situación judicial dependerá de la admisión y resolución del recurso de casación por parte del Tribunal Supremo, último paso posible en la vía penal ordinaria.
El expediente no está del todo cerrado: aunque el TSJC absolvió, el Supremo tiene la última palabra sobre la corrección jurídica del fallo.









