La ley permite pactar el día de reposo según necesidad del servicio.
Bogotá. El descanso semanal en Colombia dejó de estar atado al domingo como regla general. Con la Reforma Laboral 2025, los empleadores podrán pactar con los trabajadores el día de reposo, siempre que se garantice al menos un día completo cada semana y la continuidad del servicio lo requiera. La medida entra a regir con la promulgación de la ley y trae ajustes graduales en recargos dominicales y festivos.
El Gobierno y el Congreso argumentan que el cambio moderniza la organización del tiempo de trabajo, favorece sectores de operación continua (comercio, salud, turismo, logística) y alinea la norma con estándares internacionales. La cartera laboral también precisó que el esquema vendrá acompañado de inspección y guías para evitar abusos y asegurar la conciliación vida-trabajo.
¿Qué cambia en el descanso?
La ley prevé que, cuando la naturaleza del servicio lo exija, el descanso semanal pueda no coincidir con el domingo y se otorgue otro día, rotativo o fijo, acordado entre las partes. Para quienes trabajen en domingo, se mantiene el pago de recargos y compensatorios conforme a porcentajes definidos por la norma.
Recargo dominical y festivo, al alza por etapas
El recargo por laborar domingos y festivos tendrá un escalonamiento transitorio: aumento en 2025, otro en 2026 y llegada a la tarifa plena en 2027, conforme a la progresión establecida por la ley. Este esquema busca dar previsibilidad de costos a las empresas mientras asegura mayor remuneración al trabajador que sacrifica su descanso.
Trabajo nocturno: umbral adelantado
El período de trabajo nocturno se amplía: inicia a las 7:00 p. m. y va hasta las 6:00 a. m. del día siguiente, con recargo correspondiente. Antes, el recargo nocturno comenzaba más tarde, por lo que el cambio reconoce el impacto de la jornada en la salud y en el entorno familiar.
Horas extra y límites
Se refuerza la obligación de pagar las horas extraordinarias con sus recargos, mantener registros y respetar topes legales. La autoridad laboral anunció acciones pedagógicas y sancionatorias en caso de incumplimiento.
Compensatorio por domingo trabajado
Quien labore el domingo tendrá derecho a descanso compensatorio y al recargo respectivo. La forma de compensación (día completo o horas acumuladas) deberá quedar pactada y registrada.
Protección a la desconexión
Se ratifica la desconexión laboral fuera de la jornada pactada, salvo contingencias justificadas y documentadas. Las empresas deberán actualizar reglamentos internos y protocolos de contacto.
Sectores con operación continua
Comercio, salud, vigilancia, turismo, call centers y logística figuran entre los sectores que más usarán el descanso flexible. El MinTrabajo anunció guías sectoriales para turnos 24/7.
Comparativo regional
Países como España, México y Chile ya permiten descanso en día distinto al domingo cuando la actividad lo amerita, manteniendo compensatorios y recargos. Colombia converge con esa tendencia conservando protección remuneratoria.
Transición y fiscalización
Habrá una transición para que las empresas ajusten turnos, nómina y software. La Inspección de Trabajo habilitará mecanismos de denuncia, inspecciones y acompañamiento técnico.
Gremios valoran la flexibilidad para atender picos de demanda y turnos continuos, pero piden claridad operativa en compensatorios y en el cronograma de recargos. Centrales obreras celebran la mejora del recargo nocturno y el reconocimiento del trabajo dominical, aunque advierten que vigilarán su correcta aplicación.
Expertos en derecho laboral resaltan que el cambio no elimina el descanso semanal: lo reubica cuando el servicio no puede parar y refuerza los pagos adicionales. Recomiendan documentar acuerdos, actualizar el reglamento interno y socializar los turnos.
La reforma redefine la semana laboral colombiana con un equilibrio entre continuidad productiva y derechos remuneratorios. El éxito dependerá de la gestión de turnos, el control de extras y la inspección efectiva.









